Artículo 13
Para ser socio numerario o extraordinario, será necesario solicitarlo por escrito a la secretaría de la Asociación o a un representante de la junta. La entrega del impreso de solicitud de admisión debidamente cumplimentado tendrá los efectos de solicitud de ingreso en calidad de socio numerario o extraordinario. La junta directiva resolverá sobre la admisión del socio, basándose en los estatutos, el reglamento interno y la legislación vigente. Las personas menores de edad no podrán ser miembros de la Asociación.