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Artículo 37


En tanto no se celebre la asamblea general de socios, la dirección, gestión y administración de la Asociación serán ejercidas por la junta directiva de acuerdo con las directrices marcadas por la asamblea general. Asimismo, la junta directiva podrá establecer proyectos de reglamento interno, que se someterán a la aprobación de la siguiente asamblea general, referentes al procedimiento electoral y a otros temas que no se encuentren suficientemente regulados en los presentes estatutos.