Artículo 50
Funciones del presidente
Corresponde al presidente:
- Convocar y presidir la junta directiva y la asamblea general de socios.
- Desempeñar la representación de la Asociación.
- Firmar todos los documentos y cartas.
- Tomar decisiones sobre medidas urgentes, informando a la junta directiva.
- Suscribir, junto con el secretario, las actas de las sesiones y todo tipo de documentos que emanen de la Asociación.
- Autorizar los documentos de tesorería y ordenar los pagos.
- Proponer asuntos para su inclusión en el orden del día de la asamblea general.
- Decidir las votaciones con voto de calidad.
- Informar a la junta directiva sobre las solicitudes de ingreso de los aspirantes a socio.