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Artículo 50


Funciones del presidente

Corresponde al presidente:

  • Convocar y presidir la junta directiva y la asamblea general de socios.
  • Desempeñar la representación de la Asociación.
  • Firmar todos los documentos y cartas.
  • Tomar decisiones sobre medidas urgentes, informando a la junta directiva.
  • Suscribir, junto con el secretario, las actas de las sesiones y todo tipo de documentos que emanen de la Asociación.
  • Autorizar los documentos de tesorería y ordenar los pagos.
  • Proponer asuntos para su inclusión en el orden del día de la asamblea general.
  • Decidir las votaciones con voto de calidad.
  • Informar a la junta directiva sobre las solicitudes de ingreso de los aspirantes a socio.