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2.4. Manutención


Se abonarán gastos por manutención a los miembros de la Junta Directiva y a los socios que actúen como representantes de Asetrad en tanto la persona esté desplazada de su lugar de origen el tiempo mínimo necesario para participar en el evento. Por norma general, se estipula un máximo de 20 € en concepto de gastos para comidas o para cenas y un máximo de 5 € en concepto de gastos para desayuno si este no está incluido en el precio del alojamiento. Esta cantidad se revisará cada cinco años en función de las cifras de IPC e inflación. En todo caso, los socios procurarán adaptarse a los precios medios del lugar en el que se encuentren. En caso de gastos superiores, deberá estar debidamente justificado y aprobado previamente por la Junta Directiva.

Estos máximos se podrán aplicar tanto al gasto en restaurantes como a la compra en un establecimiento de alimentación.

El socio deberá pagar los gastos en concepto de manutención y presentar posteriormente a tesorería las facturas o los justificantes correspondientes para su abono.

En caso de que se solicite al representante de Asetrad que como tal participe en alguna comida o cena oficial (cena de celebración de un congreso, por ejemplo) no se aplicará el máximo de 20 €.